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Otras categorías: Separación,Nulidad
Recuerde que la información que ponemos a su disposición es simplemente a título informativo y que no ofrece el valor ni el criterio de un abogado. Ante la duda es preferible que pida el consejo de un letrado.
Estas son las preguntas y respuestas más frecuentes sobre divorcio que hemos preparado para usted.
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| ¿Puedo solicitar la disolución de mi matrimonio por divorcio sin necesidad de interponer demanda previa de separación para que sea un procedimiento más corto? |
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En efecto, de acuerdo con la nueva Ley 15/2005 de 8 de julio que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, se admite la disolución del vinculo conyugal por divorcio directamente, sin necesidad de previa separación de hecho o judicial. Basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.
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| Si mi esposa y yo queremos divorciarnos, ¿debemos primero vivir separados un tiempo? |
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Esto ya no es necesario con la nueva normativa, basta con que uno de los cónyuges, ambos o uno con el consentimiento del otro lo solicite, sin necesidad de acreditar el cese efectivo de la convivencia conyugal.
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Soy ama de casa, y deseo divorciarme de mi marido, ¿Tengo derecho a que él me pase una pensión?
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En la nueva redacción del Código Civil, desaparece el término pensión por desequilibrio económico, y es sustituido por “compensación” y ésta puede ser de carácter temporal, por tiempo indefinido, o una prestación única. Si no hay acuerdo entre usted y su marido a este respecto, el Juez en sentencia determinará su importe, teniendo en cuenta diversas circunstancias, como su edad y estado de salud, su dedicación pasada y futura a al familia, su cualificación profesional y probabilidades de acceso a un empleo. Pero, debe saber que es necesario que Ud. la pida, ya que el Juez, no puede acordarla de oficio si no le ha sido solicitada.
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