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Divorcio


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Recuerde que la información que ponemos a su disposición es simplemente a título informativo y que no ofrece el valor ni el criterio de un abogado.
Ante la duda es preferible que pida el consejo de un letrado.

Estas son las preguntas y respuestas más frecuentes sobre divorcio que hemos preparado para usted.


¿Puedo solicitar la disolución de mi matrimonio por divorcio sin necesidad de interponer demanda previa de separación para que sea un procedimiento más corto?

En efecto, de acuerdo con la  nueva Ley 15/2005 de 8 de julio que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, se admite la disolución del vinculo conyugal por divorcio directamente, sin necesidad de previa separación de hecho o judicial. Basta con que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.



Si mi esposa y yo queremos divorciarnos, ¿debemos primero vivir separados un tiempo?

Esto ya no es necesario con la nueva normativa, basta con que uno de los cónyuges, ambos o  uno con el consentimiento del otro lo solicite, sin necesidad de acreditar el cese efectivo de la convivencia conyugal.




Soy ama de casa, y deseo divorciarme de mi marido, ¿Tengo derecho a que él me pase una pensión?

En la nueva redacción del Código Civil, desaparece el término pensión por desequilibrio económico, y es sustituido por “compensación”  y ésta puede ser de carácter temporal, por tiempo indefinido,  o una prestación única. Si no hay acuerdo entre usted y su marido a este respecto, el Juez en sentencia determinará su importe, teniendo en cuenta diversas circunstancias, como su edad y estado de salud, su dedicación pasada y futura a al familia, su cualificación profesional y probabilidades de acceso a un empleo. Pero, debe saber que es necesario que Ud. la pida, ya que el Juez, no puede acordarla de oficio si no le ha sido solicitada.




 
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