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La legítima


Otras categorías: El testamento, Clases de testamento, Revocación e ineficacia, La mejora, Desheredación, Aceptación de la herencia

Recuerde que la información que ponemos a su disposición es simplemente a título informativo y que no ofrece el valor ni el criterio de un abogado.
Ante la duda es preferible que pida el consejo de un letrado.

Estas son las preguntas y respuestas más frecuentes sobre la legítima que hemos preparado para usted.



¿Es necesario hacer testamento?

No es necesario hacer testamento para que se transmitan los derechos a la sucesión. Cuando no hay testamento la ley establece unas reglas para regular la transmisión, esto se llama sucesión ab intestato
Se establece que la sucesión corresponde en primer lugar a la línea recta descendente, es decir, a los hijos, dividiéndose la herencia en partes iguales, en segundo lugar a la linea recta ascendente y en tercer lugar a los colaterales; ello es así por que nuestro sistemas sucesorio se inspira en el Romano en donde se dice que el cariño primero desciende luego asciende y finalmente se va hacia los lados.
En testamento se puede modificar el porcentaje de participación en los bienes.




¿ que es la legitima?

Es aquella parte de los bienes de que el testador no puede disponer por haberlos reservsdo la ley a los herederos forzosos.




¿ quienes son los herederos forzosos?

1º.- los hijos y descendientes respecto a sus padres y ascendientes
2º.- A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3º.- el viudo/a en la forma y medida que establece el Código Civil.




¿ cual es la legitima de los hijos y descendientes?

Las 2/3 partes del haber hereditario del padre y la madre.
Sin embargo los padres pueden disponer de 1/3 de los 2/3 que forman la legítima para mejorar a sus hijos o descendientes.
El 1/3 restante será de libre disposición.




¿ cual es la legitima de los padres o ascendientes?

La ½ del haber hereditario de los hijos y descendientes, pero si concurren con el cónyuge viudo de su descendiente causante será de 1/3 de la herencia.




¿qué derechos corresponden al cónyuge viudo?

El cónyuge que al morir su consorte no se hallare separado de él o lo estuviere por culpa del difunto, si concurre a la herencia con hijos o descendientes del muerto, tendrá derecho al usufructo del 1/3 destinado a mejora.




¿ que ocurre si el testador deja menos de la legitima que le corresponde a un heredero forzoso?

Dicho heredero podrá pedir el complemento de la misma , ya que el testador no puede privar a los herederos de su legítima sino en los casos expresamente determinados en la ley.



 
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