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Otras categorías: seguros del hogar, seguros de vida, seguros médicos privados, seguros de automóvil
Recuerde que la información que ponemos a su disposición es simplemente a título informativo y que no ofrece el valor ni el criterio de un abogado. Ante la duda es preferible que pida el consejo de un letrado.
Estas son las preguntas y respuestas más frecuentes sobre seguros de motosl que hemos preparado para usted.
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Compañías aseguradoras
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Fuera del Consorcio, las dificultades se multiplican. La mayoría de la compañías de seguros mantienen la política de no asegurar, bajo ningún concepto, motocicletas y ciclomotores. Se estima que, en caso de lesiones tras un accidente y por mínimo que éste sea, si hay entrada en urgencias la compañía habrá de enfrentarse a un gasto elevado que la Seguridad Social le reclamará por atender a su asegurado. Y considerando que el chasis de la moto es el propio conductor, en la mayoría de los siniestros de cicloturismos se precisará atención médica. En las pocas compañías que sí ofrecen seguro de motos, raramente se podrá contratar como prima única: tratarán de que el conductor firme con ella el seguro del coche, vida, vivienda o cualquier otro. Argumentan, de nuevo, que las pérdidas que reporta asegurar motos no compensan a aceptar al conductor únicamente como cliente de esa póliza. En estos casos, la edad y los años de carné apenas se valoran y, comparativamente, la cilindrada tampoco. La explicación es bien sencilla: aunque asegurar una moto de 1.000 cc cuesta casi el doble que una de 49 cc, las estadísticas señalan que el peligro de accidente es similar. Y, conocedoras de que lo que reporta verdaderas pérdidas es la atención clínica de los accidentados, las compañías aplican tarifas en las que se considera más ese peligro que la cilindrada del vehículo asegurado. Por ello, proporcionalmente, los conductores de pequeños ciclomotores pagan más.
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¿Qué tipos de seguro existen para una moto?
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Salvo en algunos concesionarios de motos y en casos excepcionales, las pólizas de motos no disponen de las mismas opciones que ofrecen las de coches: el seguro a todo riesgo, con o sin franquicia, no existe para ellas. Las pólizas básicas de motos se sujetan al mínimo marcado por la ley y se limitan a posibilitar la contratación de un seguro obligatorio de accidentes. Este contrato cubre los daños que se puedan producir con el vehículo a terceras personas y a sus bienes, con un límite de 56 millones por cada víctima y hasta 16 millones en daños materiales. A esta prima hay que añadirle el seguro de responsabilidad civil, que si bien no es obligatorio por ley, las aseguradoras consideran imprescindible. Este seguro resulta muy beneficioso para el tomador, ya que así se garantiza una responsabilidad civil ilimitada. También es aconsejable, especialmente para motos de mayor cilindrada, añadir a la póliza la cobertura de asistencia en viaje y defensa jurídica, con el fin de evitar perjuicios en salidas largas y prevenir gastos legales en caso de accidente.
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