Obligaciones del administrador de fincas:
• Velar por el buen régimen de la casa, de sus instalaciones y servicios. El administrador debe procurar el funcionamiento de todos los servicios de que disponga la finca.
• Preparar y someter a la junta el plan de gastos previsible, proponiendo los medios para conseguirlo: Una comunidad de vecinos, como cualquier otra entidad, tiene una serie de compromisos contractuales como el pago del agua, la luz de las escaleras, la limpieza de las áreas comunes, etc. El administrador debe diseñar el plan para los gastos que se derivarán de la gestión de la finca. Antenas de televisión, la lectura de los contadores de agua, el pago de la nómina del conserje, el mantenimiento de la calefacción y de la caldera, entre otros.
• Atender a la conservación y mantenimiento del edificio disponiendo las reparaciones necesarias dando cuenta de ellas al presidente y a los propietarios: El administrador cuidará de hacer el seguimiento de las obras que requiera el edificio. También estará al tanto de las subvenciones que otorgan los ayuntamientos para la rehabilitación de edificios y estará en condición de elaborar estados de cuenta para explicar a los propietarios la inversión prevista en caso de que sean necesarias reparaciones en la finca.
• Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras, efectuar los pagos y realizar los cobros.
• Actuar como secretario de la junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
• Todas las atribuciones que le confiera la Junta.